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La década de los noventa marcó un momento histórico en las luchas sociales y en los avances hacia el reconocimiento de comunidades étnicas en Colombia. Como resultado de las denuncias y  movilización, se logró un marco constitucional que reconoce a indígenas y comunidades afro descendientes como sujetos políticos de derecho y el reconocimiento del derecho al territorio a través de la figura territorial de los resguardos y la creación de los consejos comunitarios.

 

Sin embargo, para las comunidades campesinas la situación fue diferente, ya que quedaron por fuera de dicho reconocimiento. Los artículos que se refieren a la población rural la consideran beneficiaria de algunos servicios estatales o como un sector de trabajadores;  pero no se les reconoce la ciudadanía plena. La ausencia de este reconocimiento político se expresa en la invisibilidad del campesinado, en las políticas públicas, la desatención estatal, la precariedad en la institucionalidad, y distorsiones en los mecanismos de participación y representación política. Todo ello se suma a la falta de garantías para el campesinado en relación al derecho al territorio. Como respuesta a estas condiciones, el sector del campesinado encontró en la movilización y la protesta social los mecanismos para presionar al Estado en el cumplimiento y reconocimiento de sus derechos.

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La falta de reconocimiento del campesinado, y por ende la lucha por el territorio, le dio otro carácter a la lucha reivindicativa de algunos movimientos sociales campesinos como el CIMA en el norte de Nariño y sur del Cauca y el CIGA – Comité de Integración del Galeras, en la circunvalar del Galeras.

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Este Convenio se enmarcó en resaltar y fortalecer estas iniciativas de la comunidad, que buscan recoger esfuerzos de organizaciones sociales en la comprensión de los conflictos y sus posibles transformaciones para construir paz en los territorios. El macizo tiene una trayectoria de movimiento y fuerzas organizativas, tanto campesinas como indígenas, que han buscado oportunidades para el desarrollo de posibles propuestas de equidad de género, exigibilidad de derechos y de promoción de economías campesinas cuidadosas con el territorio.

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Los diversos desarrollos organizativos en sus distintos planes por la defensa de la vida, el agua, la cultura y el territorio, se materializan en los Territorios Campesinos Agroalimentarios, los cuales potencian al campesino como sujeto de derechos, con la posibilidad de acceso a la tierra y control del territorio y a través de la construcción de instrumentos para el desarrollo rural, la ordenación del territorio y la incidencia en la política pública del Estado. Esta apuesta debe ser considerada en el marco del posconflicto y la construcción de una paz estable y duradera a partir de la refrendación de los acuerdos de paz.

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En estos territorios se prioriza la producción agrícola y pecuaria a pequeña escala para la satisfacción de necesidades propias de las comunidades y se contempla la regulación del acceso a los bienes ambientales en condiciones de equidad e igualdad, así como la preservación de los mismos. Esta apuesta por el territorio y la gobernanza ha sido el eje para promover otras iniciativas que se enmarcan en procesos de paz territoriales y el reconocimiento del campesinado como sujeto de derecho. Un ejemplo de ello fue la declaración del municipio de San Lorenzo como Territorio Libre de Transgénicos que el Convenio ha ido acompañando y apoyando.

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